Expertos en investigación con más de
20 años de experiencia
Nº Licencia: 1.025
Son muchas las situaciones conyugales o familiares que nos producen inquietudes, dudas y temores, tanto por conductas como por hábitos desconocidos. Disponer de pruebas concluyentes nos puede ayudar a prevenir, solventar o utilizar judicialmente.
En Detectives Halcón nos dedicamos a la investigación, con la experiencia de más de 20 años que nos hace ser los líderes en nuestro sector.
Proporcionamos soluciones en los diversos ámbitos financieros, empresariales, laborales y personales. Le garantizamos máxima confidencialidad.
Ofrecemos una cobertura inmediata en Tenerife y Las Palmas, así como en el resto del territorio de las Islas Canarias, disponiendo de avanzados medios técnicos.
Aportamos pruebas documentales, para ser utilizadas privadamente o para ser ratificadas frente a instacias judiciales por nuestros expertos.
Conozcanos y solicite nuestro asesoramiento de forma gratuita.
Infidelidad, informes prematrimoniales, búsqueda y localización de personas, patrimonios, herencias, ludopatías, prostitución, drogadicción, alcoholismo, sectas, malos tratos, abandono del hogar, custodia de menores, pruebas de paternidad, control de actividades de hijos.
Informes pre-laborales, absentismo laboral o bajas fingidas, duplicidad de trabajo, control de comerciales y representantes, control de mercancías y transportistas, situaciones derivadas de tensas negociaciones sindicales, extorsiones, coacciones, amenazas, hurtos internos, usurpación de marcas, intrusismo profesional, búsqueda de maquinaria industrial desaparecida.
Informes comerciales, informes financieros, informes de solvencia, informes internacionales, insolvencia fingida, alzamiento de bienes, morosos, registros de la propiedad, registro central de fincabilidad, registro mercantil, depósitos de cuentas, verificación de matrículas.
No ocupación de viviendas, duplicidad de domicilio, subarriendos indebidos, ejecución de obras sin consentimiento del arrendador, localización de inquilinos morosos, utilización del inmueble con un fin distinto al establecido en el contrato.
Peritajes grafológicos, falsificación de firmas, documentos dudosos, anónimos, barridos para detención de escuchas (telefónicas y ambientales), contraespionaje industrial, instalación de cámaras ocultas o CCTV.
Lesiones fingidas, simulación de secuelas, seguimiento de lesionados, siniestros, localización de testigos, localización de bienes robados.
La Ley 5/2014 de Seguridad Privada y su actual reglamento, de 4 de abril establece que las funciones de los Detectives Privados son propias y exclusivas y que, a solicitud de personas físicas o jurídicas, se encargarán:
El Ministerio del Interior, previa presentación de los requisitos académicos y específicos, es el organismo que habilita a Detectives y Despachos de Detectives, a través de la correspondiente Licencia Oficial (obligatoria en España) para el ejercicio de la profesión.
La Dirección General de la Policía dispone de una unidad específica de Seguridad Privada, encargada de vigilar el correcto funcionamiento de la actividad de los Detectives Privados y las Agencias de Detectives. Además, se encarga de expedir la correspondiente T.I.P. (Tarjeta de Identificación Profesional).
La realización de las actividades propias de los Detectives Privados por parte de personas que no disponen de la correspondiente Licencia Oficial expedida por el Ministerio del Interior, se considera una infracción muy grave castigada con elevadas multas, independientemente de la posible persecución del sujeto responsable por vía penal. Igualmente, incurre en infracción quien solicite los servicios de aquellos que no se encuentren habilitados como Detectives Privados, a sabiendas de tal situación.
Debido al creciente intrusismo profesional en este sector, es necesario que se asegure cuando contrate un servicio de Investigación Privada, de estar confiando en un Detective Privado habilitado correspondientemente. Solicite un contrato de prestación de servicios donde figuren las credenciales del Detective Privado, así como el detalle del servicio que usted contrata.
Recuerde que la actividad de Detective Privado está definida y limitada por Ley, por lo que ninguna persona física o jurídica carente de habilitación puede desempeñar tal función.
El trabajo de investigación privada está dirigido a colaborar en procedimientos judiciales, siendo importante en la toma de decisiones, preparación del proceso y posterior seguimiento y ejecución del mismo.
La vigente Ley de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero de 2000, atribuye a las partes la responsabilidad de la prueba de los hechos alegados y otorga especial importancia a las pruebas e informes emitidos por los Detectives Privados. Para este proceso, es un requisito indispensable el conocimiento completo de los hechos y la disposición previa de los elementos de prueba de los mismos para lograr un eficaz proceso contencioso.
Los Detectives Privados son colaboradores idóneos de aquellos Letrados que exigen garantías en el valor probatorio de sus alegatos, y su trabajo es realizar la gestión ejecutiva en la verificación de datos, hechos y aportación de pruebas.
El Tribunal Supremo también considera que los Detectives Privados son testigos privilegiados en cualquier procedimiento judicial, puesto que son:
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